Articulo 1.- Suspéndase el pago de obligaciones emergentes por refacciones de inmuebles, adquisición de bienes y/o prestación de servicios, correspondientes a contrataciones celebradas por la Administración Central u organismos descentralizados, con anterioridad a la fecha de sanción de esta Ley.
Art 4.- Transcurrido un año calendario desde la fecha de presentación, sin que el presunto acreedor hubiese instado la emisión de dictamen con pedido de pronto despacho, La a creencia que invoque sólo será atendida si el pago es ordenado por sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada
Art 6.- El Poder Ejecutivo dará amplia difusión a la presente, por los medios públicos oficiales, televisivos y radiales.
En síntesis el electo vicegobernador no hace mas que caerle con todo el peso de la ley a los que actuaron de forma legal y transparente como a los que sobre facturaron o no realizaron obras o no pueden justificarlas, la medida ya provoco la indignación de quienes cumplieron con todos los tramites de rigor y con esta medida van directamente a la quiebra.
AMPLIA DIFUSIÓN A LOS QUE SOBRE FACTURARON TENDRÍAN QUE DAR PERO LUEGO QUE ASUMAN YA QUE ESO PASARA RECIÉN EN ENERO...SABÍAN????
jueves, 9 de agosto de 2007
JUSTOS POR PECADORES PERO SON MAS LOS PECADORES QUE LOS JUSTOS....
Publicado por ALAS DE MUJER en 21:52
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1 comentario:
CHE SANDRA CRIZA NO TE VAN A PAGAR LOS 500.000 PESOS??? TE DIJE NENA LA MALDICIÓN IBA A SER DILAPIDANTE. DIEZ VECES DE LO QUE VOS CAGASTE A LOS DEMAS DIEZ VECES.
500.000 ALCANZAN
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